PROTOCOLO ESPECÍFICO SOBRE PORTACIÓN Y USO DE ARMAS
LEY 20813 del 2015
Todos los protocolos específicos o individuales que regulen el accionar de los estudiantes fuera y dentro del establecimiento, se encuentran bajo el marco general del
Reglamento de Convivencia Escolar.
El colegio Polivalente El Alborada vela por la integridad física y psicilogicas de sus alumnos y el resto de la comunidad educativa y determina las medidas a seguir según la normativa que corresponde a cada momento y situación de la convivencia escolar.
Según la Ley 20.813 del 2015, que trata sobre el uso y porte de armas, se entiende por tal:
El ingreso en el colegio con armas corto-punzante, incendiario y/o explosivo e instrumentos que sirvan para agredirse a sí mismo o a terceros.
Señala las siguientes medidas y procedimientos sustentados en los valores que defienden la vida, el respeto por el otro, el cuidado del ambiente, una convivencia sana, pacífica, segura y libre.
Texto legal:
La ley 17.798 “Ninguna persona podrá poseer, tener o portar artefactos fabricados sobre la base de gases asfixiantes, paralizantes o venenosos, de sustancias corrosivas o de metal, que por la expansión producen esquirlas, ni los implementos destinados a su lanzamiento o activación, ni poseer, tener o portar bambas o artefactos explosivos o incendiario.”
Todo el personal se encuentra implicado en la aplicación de esta ley.
1. ANTE UN INCIDENTE DE PORTACIÓN O USO DE ARMAS
2. ACCIONES A SEGUIR
Todo incidente de uso o portación de armas, de acuerdo con la gravedad del mismo implica seguir las acciones que se detallan, como asimismo aquellas específicas que se encuentran establecidas en el Reglamento de Convivencia Escolar y en la ley Aula Segura:
- La comunicación inmediata a Inspectoría General, Convivencia Escolar y Dirección del Colegio.
- La intervención del profesor Jefe y Coordinador de Convivencia Escolar, si se encuentran presentes.
- La comunicación y solicitud inmediata a los padres o encargados para que se presenten al colegio.
- La denuncia al 133 o plan cuadrante, solicitando apoyo policial, y según el caso, paramédico, bomberos o apoyo de cualquier otra índole.
- La evacuación parcial o total si fuera necesario, y la custodia del arma si ésta fuera entregada.
- La requisa del arma y toda acción de esa naturaleza, ante situaciones de violencia por uso de armas, la debe realizar la autoridad policial.
- El levantamiento de actas detallando la situación, bajo responsabilidad de la dirección.
- El establecimiento de las denuncias del caso y aplicación de los procedimientos correspondientes, serán tomadas de acuerdo a la gravedad del mismo.
- Derivación a orientación para iniciar apoyo y seguimiento de los involucrados.